De camiseta oscura Saúl Hernández gerente del Hospital Local y de camiseta verde Robinson Monosalva alcalde de Aguachica

Alcalde y Junta directiva del centro asistencial se extralimitan en sus funciones

    Una nueva disputa protagoniza el alcalde de Aguachica Robinson Manosalva y el Gerente del Hospital Local Saúl Hernández Gutiérrez, después que, en el desarrollo de la junta directiva del centro asistencial en días pasados, se tomará la decisión de quitarle las facultades en materia de contratación al gerente de la entidad.

    En una de sus declaraciones a un medio de comunicación radial del municipio, el alcalde manifestó que “no puedo permitir que los gerentes sigan haciendo lo que quieren con el Hospital Local porque acá llegó un alcalde con valor civil, independiente, que tiene pertenencia por los trabajadores, por la salud. El hospital local no ha mejorado en nada, lo único en lo que mejoró fue que cambió un carro viejo por una camioneta nueva”.

     Dijo igualmente que toda esta situación se presenta por la contratación con una cooperativa de Valledupar, la cual maneja todo el tema de los pagos para los empleados.

     “Voy a denunciar todo el despilfarro de dinero que está ocurriendo en el hospital, porque ese presupuesto es del municipio y no voy a permitir que lleguen a enriquecerse a costillas de la salud” puntualizó.

     Así mismo señaló que lo que busca es que la junta directiva tome las decisiones por medio de una licitación pública, que cumplan con los requisitos y que se respeten los salarios dignos de un trabajador o funcionario. 

   Frente a todo lo anterior, el Pediatra Saúl Hernández, gerente del Hospital Local, explicó que “es importante tener en cuenta que las funciones, competencias y atribuciones de las Juntas Directivas de una ESE se encuentra taxativamente establecidas en el Decreto 1876 de 1994, las cuales están vigentes y adoptadas de manera literal en los estatutos internos del Hospital Local de Aguachica”.

     Según Hernández Gutiérrez, no existe una sola norma que determine que las miembros de la Junta Directiva puedan limitar las facultades para contratar del gerente, ya que por mandato legal (ley 100 de 1993) les ha sido encomendado a los hospitales públicos la prestación del servicio de salud como un fin esencial del Estado, bien sean del orden territorial o nacional.

    Conocedores en el tema han señalado que lo que viene ocurriendo desde el año 2020 con la administración de Robinson Manosalva, es una intromisión directa por parte de los miembros de la junta directiva en las funciones de la Gerencia, que en principio es quien ejerce la representación legal de la ESE y por ende la ordenación del gasto.

    El Gerente también aseguró que, según el manual de contratación del hospital, los casos en los que se debe acudir a la junta directiva para solicitar facultades en materia de contratación son los siguientes: 1. Contratos de Empréstito, 2. enajenación de bienes y 3. Cuando el contrato tenga una cuantía superior a 501 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

    Finalmente, Hernández Gutiérrez indicó que, “la conducta de los miembros de la Junta Directiva en cabeza del señor Alcalde, se contribuye en una evidente extralimitación en el ejercicio de sus funciones, en un claro abuso de poder, que bajo el amparo de argumentos sin ningún sustento legal pretenden incidir en la contratación del hospital, y de lo cual se hacen partícipes los demás miembros de la Junta Directiva que a su vez son empleados de la misma ESE”.

   En este rife rafe el alcalde pretende sacar ventaja al inclinar la balanza de la Junta Directiva del Hospital Local, ya que anteriormente el gerente de la ESE tenía mayoría y como por arte de magia, una dama tomó la determinación de cambiar su punto de vista para hacer la mayoría al lado de la administración municipal.

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