Por Óscar Pallares Ropero

LA TRAMPA INFAME DE LA REFORMA TRIBUTARIA

     Hasta que por fin se conoció el texto de la Reforma Tributaria (RT) que se presentó (presentará) al Congreso. Hace rato el gobierno venía filtrando algunos de sus propósitos con la finalidad de medir la reacción de la población. Entre tanto negociaba con los interesados en su aprobación.

    El documento propone sin vergüenza alguna y ninguna consideración con la clase media y los ciudadanos en extrema pobreza impuestos a tutiplén:  IVA al agua, al teléfono, al gas, al alcantarillado, a la energía, a la educación virtual, a la educación preescolar en colegios privados, a los sepelios, a los propietarios de carros y motos…

    De aprobarse tal como está, sería la RT más agresiva contra el bolsillo de los más necesitados en todos los tiempos.

   Siendo lo anterior gravísimo, lo peor de ella es la trampa infame que trae armada. La publicitan diciendo que los productos básicos de la canasta familiar no quedarán con IVA porque fueron EXCLUIDOS de dicho regresivo tributo.

Después de las siguientes explicaciones veremos donde está la trampa.

     Respecto al IVA, el sistema tributario colombiano clasifica los bienes y servicios en EXENTOS Y EXCLUIDOS. Un bien EXENTO es aquel que no le genera IVA al PRODUCTOR ya que la DIAN le devuelve lo que éste le pagó; por lo tanto, el COSUMIDOR final no paga dicho impuesto cuando compra huevo, o arroz, o sal, o lo que sea de la canasta básica para alimentarse, porque dicho impuesto no viene incorporado en el costo de producción.

    Un bien EXCLUIDO es aquel que le genera IVA al PRODUCTOR ya que la DIAN no le devuelve este impuesto, pero el CONSUMIDOR FINAL “no lo paga” al adquirir dichos productos.

     Como se observa, el CONSUMIDOR FINAL, es decir, usted o yo, en ninguno de los dos casos pagaríamos IVA por la CANASTA FAMILIAR BÁSICA. ¿Entonces dónde está la trampa? ¿La falacia?

     La trampa está en que como al productor de un bien o servicio EXCLUIDO no le devuelven el IVA que pagó, entonces lo incorpora como costo en la cadena de producción; de esta manera dicho producto o servicio llega al consumidor con el impuesto cargado en el precio. Cuando usted lo adquiere en la tienda no le facturan IVA por ser EXCLUIDO, pero viene incorporado en el precio que le cobraron. No lo siente en la factura, pero sí se resiente su bolsillo.

     Si no pude explicarle el asunto, claramente sí lo hace con un ejemplo el senador JORGE GÓMEZ del partido DIGNIDAD: “Cuando usted compra un litro de leche le cuesta un 19% más, pero en la factura no aparece ese 19% del IVA. El impuesto ya viene incluido en el precio porque la DIAN se lo cobró al productor”.

     El gobierno miente falazmente al consumidor diciéndole que no le está cobrando el impuesto porque es un producto excluido sabiendo que dicho IVA viene ya en el precio que está pagando.

     Es así como vilmente se engatusa a la población diciendo que la Reforma Tributaria no cobrará el IVA a la leche, los huevos, la carne, el arroz, productos básicos de la alimentación de los más pobres, dizque porque son productos EXCLUIDOS. Lo que hizo fue sacar dichos productos de EXENTOS (no le cobran IVA al productor) y los metió en los productos EXCLUIDOS (sí le cobran IVA al productor y por lo tanto lo paga el consumidor) con la finalidad de cobrar dicho impuesto por la puerta de atrás.

PRIMER RECREO: Así la yuca no tenga IVA, al subirle el arriendo al tendero el kilo se pone más caro. Ese es un ejemplo de olla de los productos de la canasta familiar excluidos de dicho impuesto.

SEGUNDO RECREO: Pueblo morroco, que sabia y civilizadamente se viene oponiendo a la existencia de la fotomulta en la 40: ahora no es que el concesionario salga con que acepta un aumento en la participación de lo recaudado para el Instituto de Tránsito IMTTA. La protesta es para que se vayan, no para que paguen más.

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