10 DÍAS DE MORTAL ESPERA
Han transcurrido 35 días del inicio del nuevo modelo de salud impuesto a los maestros de Colombia y todavía se está a la deriva sobre en qué consiste el modelo.
Los amigos del nuevo modelo se han esforzado en promocionarlo y como se dice popularmente, han tratado de “meterlo hasta por los ojos”, inclusive, con más insistencia que el mismo gobierno-autor intelectual del modelo-.
Pero por más esfuerzos propagandísticos que hayan hecho, los maestros sienten que hay improvisación, desorganización, apresuramiento, peor el remedio que la enfermedad…y siguen sin saber en qué consiste el tal modelo a implementar.
Es cierto que el modelo anterior gozaba de muchas fallas que había que corregir, pero para subsanarla, para mejorar el sistema.
En este caso que voy a poner en su conocimiento trataré una consecuencia colateral de la implementación en que todavía se está, que atenta contra el derecho a la educación de los niños.
Primer caso: Mediante Incapacidad 19769 de 20 de mayo de 2024 se concedió incapacidad por enfermedad profesional a un docente y la Secretaría de educación del Cesar mediante resolución 7130 de 21 de mayo “concedió una Enfermedad Profesional” al docente incapacitado “por el término de (30) días, comprendidos desde 05/05/2024 hasta 03/06/2024”, en virtud de lo anterior, mediante Resolución 7282 se nombra el reemplazo en provisionalidad temporal hasta el 03/06/2024. Esta resolución le fue notificada vía correo electrónico al profesor nombrado el 23 de mayo, jueves.
El lunes se hace los exámenes de rigor para la posesión, el martes viaja a Valledupar a posesionarse, el miércoles regresa y se presenta ese mismo día en la tarde y comienza a trabajar el lunes 27 de mayo, pero el contrato termina el 3 de junio: solo cinco días hábiles. De 30 días de incapacidad, los niños tuvieron solo cinco de clases.
Segundo caso: Una docente se accidenta, el médico de la Clínica de alta Complejidad le expide la Incapacidad Médica N°9541 de 21 de mayo de 2024 por 30 días desde el 15 de mayo al 13 de junio de 2024. La incapacidad se expide 6 días después del accidente. ¿Quién la transcribe? Ante la urgencia de nombrar el reemplazo del profesor accidentado se le remite vía SAC a la Secretaría de Educación para lo pertinente y responde: “[…]La Secretaría de Educación del Cesar, a través de la Dependencia de Recursos Humanos, en atención a su petición es precisa en comunicarle que no es posible acceder a su petición toda vez que la incapacidad de la referencia sea transcrita, por lo tanto el correo electrónico para la transcripción de incapacidades del Cesar es: trasnscripcionincapacidades@clinicacema.com.co”.
Se envió la incapacidad médica al correo indicado, y lo rebota.
En conclusión, los niños afectados por los dos casos mencionados continúan sin clases.
Ante aberrante situación, Fecode) en reunión urgente el 29 de mayo dio 10 días al gobierno nacional para que solucione el problema que creo. ¡Van siete días de 10!
PRIMER RECREO: Mientras arman estratégicamente cortinas de humo con la reelección y la Asamblea Constituyente, songo sorongo – sin querer queriendo- han venido aprobando una reforma educativa que en términos generales atenta contra los derechos de los profesores y contra lo que han luchado por toda la vida, desde que me conozco, los educadores y la sociedad colombiana.
SEGUNDO RECREO: Un pequeño ejemplo de la afirmación anterior: en el documento sometido a aprobación en el senado denominado ENMIENDA AL PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA 274 DE 2024 SENADO – 224 DE 2023 CÁMARA está contemplado en el “artículo 39, parágrafo 2: Para la mejora continua de la calidad de la educación los resultados que obtengan las y los estudiantes en las pruebas de Estado servirán como criterio de evaluación de los docentes”.
Que me acuerde, los gobiernos anteriores han pretendido imponer lo mismo, pero la oposición de los maestros en plaza pública, liderados magistralmente por FECODE, siempre han derrotado tan nefasta propuesta.

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