LOS MUERTOS DEL CEMENTERIO DE LOS POBRES (II)

Por Óscar Hernán Pallares Ropero

     En escrito anterior explicamos la importancia de conocer los conceptos de todo lo relacionado con los cementerios haciendo énfasis en que la existencia y funcionamiento de ellos está rígidamente reglamentado por la ley y que es necesario entender su conceptualización para no cometer posibles faltas penales por su mal manejo. Y lo explicábamos porque la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó decisiones judiciales por la utilización sin el lleno de los requisitos legales de lo que se conoce como Cementerio de los Pobres.  

    La JEP es el componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición y tiene la función de administrar justicia transicional y conocer de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado que se hubieran cometido antes del 1 de diciembre de 2016.

    La JEP fue creada para satisfacer los derechos de las víctimas a la justicia, la reparación y la no repetición con el propósito de construir una paz estable y duradera. Es hoy por hoy una de las jurisdicciones judiciales más eficiente y eficaz del ordenamiento jurídico colombiano. Se ha sabido ganar el respeto del pueblo colombiano, en especial el de las víctimas, porque es un organismo jurídico que ha sabido buscar la manera de encontrar la verdad de los hechos victimizantes.

     En cumplimiento de sus funciones, la JEP investigó sobre la existencia de un cementerio en Aguachica, el de los pobres, donde podrían estar depositados cadáveres cuya identificación es objeto de búsqueda por parte de los familiares. Como conclusión de esa investigación se le pidió a la alcaldía, entiendo que desde la anterior, que tomara algunas medidas técnicas para la identificación y traslado de esos restos mortuorios; pero, ante el posible incumplimiento de lo ordenado por la JEG, la “Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP abrió un incidente de medidas correccionales al alcalde de Aguachica, Cesar, por el incumplimiento injustificado del cronograma planeado para el traslado de cuerpos no identificados del cementerio San Martín (o “de los pobres”) al cementerio católico de la población”.

     A la fecha no se conoce públicamente si se corrigió el yerro denunciado por la JEP. Ojalá que sí para buen nombre de la alcaldía y para tranquilidad de las familias víctimas.

PRIMER RECREO: La práctica está demostrando que para el pueblo el carnaval en Aguachica se circunscribe a los días sábados y domingos. Se lo gozó plenamente. Pero, el lunes y martes, son días laborales que la gente no se da el lujo de no trabajarlos.

SEGUNDO RECREO: A cada día nuevos anuncios nacionales, pero que por lo fantásticos que son producen la sensación de que son meros anuncios que no tienen suficiente sustentación para que sean una realidad. Hay que tener una prudente forma de anunciar y dar prudente espera para que se materialicen.

CACHADERA DE CLASES: El colegio Jorge Eliécer Gaitán tiene muchos medios para comunicarse con los padres de familia y comunidad en general. Los martes a las 7:00 de la noche por la emisora Campo Serrano Radio; los jueves son de padres de familia a la primera hora de clase; cada periodo se entregan boletines. Es necesario que el padre de familia no solo vaya al colegio el día de matrícula y el último día del año.

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